Lo que tu empresa debe saber sobre la Ley 21.719
– Aplica a todas las organizaciones que tratan datos personales en Chile.
– Crea una Agencia de Protección de Datos con facultades de fiscalización.
– Multas: hasta 20.000 UTM o 4% de ingresos anuales (no PyME).
– Se exige gobernanza, ciberseguridad y evidencia de cumplimiento.
¿Qué cambia con la Ley 21.719?
🔹 Consentimiento informado: las organizaciones solo podrán usar datos personales si el titular lo autoriza explícitamente.
🔹 Nuevos derechos para las personas: acceso, rectificación, portabilidad y eliminación de la información.
🔹 Mayor responsabilidad empresarial: las compañías deberán implementar medidas técnicas y organizativas que garanticen la seguridad de los datos.
🔹 Fiscalización: se crea la Agencia de Protección de Datos Personales, con facultades para supervisar y sancionar.
🔹 Multas millonarias: el incumplimiento puede generar sanciones severas que afecten tanto la reputación como las finanzas de las organizaciones.
¿Qué empresas deben cumplir la Ley 21.719?
La ley aplica a todas las organizaciones, públicas o privadas, que manejen datos personales en Chile (información de clientes, colaboradores o ciudadanos):
✅ Grandes empresas y pymes que recopilan datos de clientes (retail, bancos, clínicas, colegios, inmobiliarias, e-commerce, telecomunicaciones, entre otros).
✅ Instituciones públicas que administran información de ciudadanos.
✅ Empresas tecnológicas que procesan o almacenan datos en nombre de otras (cloud, software, hosting, etc.).
✅ Organizaciones que gestionen datos sensibles como salud, biometría, geolocalización o historial crediticio.
No importa el tamaño: si tu empresa recolecta, usa o comparte datos personales, deberá cumplir la ley a partir de diciembre de 2026.
La diferencia estará en el nivel de riesgo y el grado de medidas de seguridad exigidas.
¿Cuáles son las multas y sanciones en la Ley de Protección de Datos Personales?
| Tipo de infracción | Sanción | Ejemplo |
|---|---|---|
| Leve | Amonestación escrita o multa hasta 5.000 UTM | Falta de actualización de políticas de privacidad. |
| Grave | Multa hasta 10.000 UTM o hasta 2% de ingresos anuales (si no es PyME) | Tratamiento sin consentimiento válido. |
| Gravísima | Multa hasta 20.000 UTM o hasta 4% de ingresos anuales (si no es PyME) | Exposición masiva de datos o incumplimiento reiterado. |
| Reincidencia | Puede multiplicar la sanción original e implicar suspensión del tratamiento de datos hasta 30 días. | — |
¿Qué datos se consideran personales?
La ley define como dato personal cualquier información que identifique o pueda identificar a una persona natural.
Ejemplos:
🔹 Nombre, RUT, dirección, correo electrónico, teléfono.
🔹 Información financiera, crediticia o laboral.
🔹 Historial académico o geolocalización.
Dentro de esta categoría existen los datos sensibles, que requieren un nivel de protección reforzado:
🔹 Salud física o mental.
🔹 Biometría (huellas, rostro, ADN).
🔹 Orientación sexual.
🔹 Creencias religiosas o políticas.
🔹 Origen racial o étnico.
También existen datos de acceso público, como los contenidos en registros o publicaciones oficiales. Sin embargo, el carácter público no exime del cumplimiento de la ley: su uso debe ser legítimo, proporcional y respetuoso de los derechos de las personas.
¿Qué implica la Ley 21.719 para las empresas?
🔹 Revisar qué datos recopilan y cómo los usan.
🔹 Adaptar contratos, formularios y políticas de privacidad.
🔹 Invertir en ciberseguridad y compliance.
🔹 Prepararse para auditorías y fiscalizaciones.
La Ley 21.719 marca un cambio cultural y operativo: pasar de usar datos a proteger datos con responsabilidad. Diciembre de 2026 está más cerca de lo que parece —el momento de prepararse es ahora.
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